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Términos y Condiciones — Alquileres

  1. ALQUILER Y OTROS PAGOS: El Cliente deberá pagar a Texas First Rentals (“TFR”) cada cuota de alquiler en o antes de cada Fecha de Pago subsiguiente, sin requerimiento, deducción ni compensación. El “Cliente” se identifica en el anverso del presente documento e incluye a cualquiera de sus representantes, agentes (reales o aparentes), funcionarios o empleados, y a cualquier persona que firme este Contrato en su nombre. Las partes acuerdan que cualquier persona que firme este contrato tiene la autoridad, real o aparente, para obligar al Cliente a cumplir con estas obligaciones contractuales. Si el Cliente incumple el pago de cualquier suma de dinero a pagar en virtud de este Contrato, deberá pagar a TFR, en concepto de alquiler adicional, los intereses sobre dicha suma impaga desde su fecha de vencimiento hasta la fecha de pago a la Tasa Máxima.
  2. ACUERDO: Este Contrato es vinculante para TFR únicamente tras su ejecución. El Cliente deberá inspeccionar el Equipo inmediatamente después de recibirlo y se considerará concluyentemente que lo ha aceptado en buen estado y en funcionamiento, a menos que el Cliente notifique de inmediato a TFR cualquier defecto, por escrito y por teléfono. TFR tendrá derecho, a su discreción, a reparar o reemplazar el Equipo, o a rescindir este Contrato, en cuyo caso el Equipo será devuelto a TFR. Los retrasos en la entrega serán excusados ​​si se deben a causas ajenas al control razonable de TFR.
  3. TÍTULO: El título del Equipo permanecerá en todo momento en manos de TFR. El Cliente, a su cargo, protegerá y defenderá el título de TFR y lo mantendrá libre de toda reclamación y gravamen. Todos los reemplazos, reparaciones, mejoras, alteraciones, sustituciones y adiciones constituirán accesos al Equipo y el título del mismo pertenecerá a TFR; en todo momento, el Equipo seguirá siendo propiedad personal de TFR.
  4. UBICACIÓN DEL EQUIPO: El Cliente no retirará el Equipo de la ubicación indicada en la portada de este Contrato sin el consentimiento por escrito de TFR. El Cliente declara que el Equipo no se fijará a ningún inmueble ni a ningún otro bien de forma que se convierta en parte integrante de dicho inmueble o acceso a otros bienes.
  5. USO: El Cliente acepta que TFR no tiene control sobre la forma en que el equipo es operado durante el Período de Alquiler por el Cliente o cualquier tercero que el Cliente permita implícita o explícitamente. El Cliente garantiza que: (1) antes de cada uso, el Cliente ha inspeccionado o inspeccionará el Equipo para confirmar que está en buenas condiciones de funcionamiento, sin defectos, incluye calcomanías legibles e instrucciones de operación y seguridad, y es adecuado para el uso previsto por el Cliente; (2) cualquier agente aparente en la ubicación indicada por el Cliente para la entrega está autorizado a aceptar la entrega del Equipo; (3) El Equipo se usará y operará en todo momento únicamente en la conducción de los negocios del Cliente y no para uso personal, familiar o doméstico, y de acuerdo con la operación, uso y/o materiales de instrucción proporcionados al Cliente; (4) El Cliente cumplirá con todas las leyes, leyes, normas, regulaciones y órdenes aplicables que afecten al Equipo o su uso y será responsable de obtener todas las autorizaciones, licencias y certificaciones para operar el Equipo; (5) el Equipo se usará únicamente para el propósito para el que fue diseñado y previsto, y no será objeto de abuso; y, (6) El Cliente solo permitirá que operadores cualificados y capacitados en el uso del Equipo lo operen. El Cliente deberá operar el Equipo con cuidado y diligencia razonables y tomar precauciones razonables para evitar pérdidas, daños o lesiones; (7) El Cliente notificará a TFR lo antes posible si no se proporciona el manual del propietario/usuario con la máquina. Por la presente, TFR declina cualquier responsabilidad relacionada con el uso de la máquina por parte del Cliente si no notifica a TFR que no se le proporcionó el manual del propietario/usuario antes de que la usara.
  6. REPARACIONES Y MANTENIMIENTO: Salvo los costos de reparación cubiertos por una garantía expresa de TFR o del fabricante, si la hubiera, el Cliente, a su cargo, deberá: (1) mantener el Equipo en buen estado de funcionamiento, (2) pagar todos los costos, gastos, tarifas y cargos incurridos en relación con el uso u operación del Equipo, incluyendo, entre otros, el mantenimiento, almacenamiento y servicio técnico, y pagar a TFR, a solicitud, sus cargos regulares por cualquier pieza o mano de obra suministrada para realizar cualquier reparación. Las obligaciones de mantenimiento del Cliente incluirán, entre otras, la realización de todo el mantenimiento diario recomendado en las guías de operación, lubricación y/o mantenimiento del fabricante correspondientes ("Mantenimiento Diario"). En relación con el Mantenimiento Diario, el Cliente (i) será responsable de la limpieza del Equipo según sea necesario para el mantenimiento, incluyendo, entre otras cosas, la eliminación de maleza o residuos del tren de aterrizaje, los cárteres, el radiador y el compartimento del motor; (ii) será responsable de notificar a TFR sobre cualquier ruido o problema inusual con el Equipo; y (iii) será responsable de poner el Equipo a disposición de TFR para su mantenimiento e inspección. Las partes acuerdan además que el Cliente no realizará ninguna reparación del equipo sin la previa autorización por escrito del departamento legal de TFR.
  7. Impuestos: El Cliente deberá pagar todos los impuestos, tasas, gravámenes y demás cargos gubernamentales de cualquier tipo o naturaleza que afecten al Equipo o estén relacionados con él.
  8. PÉRDIDAS Y DAÑOS: El Cliente asume todos los riesgos y será el único responsable de cualquier daño o pérdida que sufra el Equipo, independientemente de su causa, independientemente de si dicha pérdida o daño fue o no resultado de la negligencia o falta de cuidado del Cliente, o si hubiera estado cubierta por un seguro. El Contrato no se rescindirá y no se producirán reducciones, suspensiones ni aplazamientos de las Cuotas de Alquiler por ningún motivo, incluyendo daños o pérdidas del Equipo. El Cliente deberá notificar a TFR de inmediato, por escrito y por teléfono, cualquier pérdida o daño, describiendo detalladamente la causa y el alcance de dicha pérdida o daño. El Cliente deberá notificar a las autoridades competentes en un plazo de dos (2) horas tras descubrir el robo o vandalismo. TFR no será responsable, y el Cliente renuncia a cualquier reclamación que pudiera tener (i) por daños al negocio del Cliente o cualquier pérdida de ingresos derivada de los mismos; (ii) por daños a la propiedad del Cliente, o (iii) por lesiones personales del Cliente o de sus agentes, representantes y empleados, o causadas de cualquier manera por el Equipo. TFR no se responsabilizará de las sumas gastadas por el cliente para recuperar la máquina alquilada. El cliente deberá contactar inmediatamente con TFR y esta intentará recuperar la máquina.
  9. INDEMNIZACIÓN: HASTA DONDE LA LEY LO PERMITA, EL CLIENTE INDEMNIZA, EXONERA Y MANTIENEN A TFR INDEMNE Y, A PETICIÓN DE TFR, DEFIENDE A TFR (CON ABOGADOS AUTORIZADOS POR TFR) A SUS SOCIOS, EMPLEADOS, AGENTES, REPRESENTANTES Y SUCESORES CONTRA CUALQUIER RECLAMACIÓN, GASTO, CAUSA DE ACCIÓN, DAÑO, RESPONSABILIDAD, COSTO, SANCIÓN, IMPUESTO, EVALUACIÓN, CARGO, DAÑO PUNITIVO O GASTO DERIVADO DE CUALQUIER ACTO U OMISIÓN DEL CLIENTE O SUS EMPLEADOS, AGENTES, CONTRATISTAS, SUBCONTRATISTAS, AFILIADOS O INVITADOS.
  10. Seguro: El Cliente se compromete a proporcionar a TFR un certificado de seguro que acredite las siguientes coberturas: Seguro de propiedad para equipos arrendados/alquilados con límites mínimos equivalentes al costo total de reemplazo de todos los componentes y equipos alquilados en virtud del presente, con TFR como beneficiario de la pérdida; Responsabilidad civil general y Responsabilidad civil automotriz, cada una con límites de al menos $1,000,000 por siniestro; con TFR como asegurado adicional y con exenciones de subrogación a favor de TFR; Compensación laboral, incluida la responsabilidad del empleador, con límites de al menos $1,000,000 y con exenciones de subrogación a favor de TFR.
  11. Plan de Protección de Renta: Este Contrato ofrece una exención opcional de daños por pérdida, ahora denominada “Plan de Protección de Renta”, por un cargo adicional para cubrir su responsabilidad por la pérdida o daño al Equipo Pesado. Usted no tiene que comprar esta cobertura. Antes de decidir si comprar esta exención de daños por pérdida, usted puede considerar si sus pólizas de seguro le brindan cobertura por pérdida o daño al Equipo Pesado rentado y la cantidad del deducible que tendría que pagar bajo sus pólizas.Por favor, tenga en cuenta que todos los términos y condiciones aplicables al Plan de Protección de Renta se pueden encontrar en https://texasfirstrentals.com/rpp . El Cliente por este medio entiende y garantiza que visitará dicho sitio para familiarizarse con cómo funciona la cobertura, así como qué tipos de daños y pérdidas están cubiertos o excluidos bajo el plan (incluyendo la negligencia del Cliente).
  12. CESIÓN Y SUBARRENDAMIENTO: TFR podrá ceder cualquiera de sus derechos y obligaciones en virtud del presente sin previo aviso, incluyendo, entre otros, la cesión de los derechos de venta y/o compraventa de equipos de TFR en virtud de este Acuerdo. Si se convierte en una venta o compraventa, ningún cesionario de TFR, incluyendo un intermediario calificado o sus funcionarios, directores, agentes o empleados, estará obligado a cumplir ningún convenio, condición u obligación que TFR deba cumplir en virtud del presente. Sin embargo, en caso de que algún cesionario acepte asumir las obligaciones de TFR, el Cliente acepta que TFR quedará exonerado de toda responsabilidad adicional en virtud del presente. Ni este Acuerdo ni ninguno de los derechos del Cliente en virtud del presente serán cedibles por el Cliente sin el consentimiento previo por escrito de TFR. El Cliente acepta que no alquilará ni subarrendará ningún Equipo a terceros sin el consentimiento previo por escrito de un gerente de TFR. El Cliente se asegurará de que sus subarrendatarios cumplan con todas las obligaciones del Cliente en virtud del presente Acuerdo.
  13. INCUMPLIMIENTO: Cada uno de los siguientes casos constituye incumplimiento según este Acuerdo: (1) El incumplimiento por parte del Cliente de cualquier Cuota de Alquiler u otra suma pagadera a TFR o a cualquier filial de TFR a su vencimiento, independientemente de si dicha deuda surge del presente Acuerdo o de cualquier otra forma; (2) El cese de la actividad empresarial, la insolvencia, la aplicación de alguna ley para el alivio de deudores, la cesión a favor de acreedores o la presentación de una solicitud de quiebra según el Código de Quiebras de EE. UU. por o en contra del Cliente; (3) Si TFR considera que el Equipo está en peligro o se siente inseguro con respecto a la capacidad continua del Cliente para realizar pagos o al valor del Equipo; o (4) Si el Cliente incumple cualquier otra obligación que le sea impuesta en virtud de este o cualquier otro Acuerdo de TFR.
  14. RECURSOS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO: En caso de incumplimiento por parte del Cliente, TFR tendrá derecho a uno o más de los siguientes recursos, sin necesidad de notificación previa: (a) tomar posesión del Equipo o de cualquier otro equipo, incluyendo el acceso a las instalaciones donde se encuentra; (b) rescindir este Contrato; (c) solicitar el cumplimiento específico o una medida cautelar, o recuperar los daños y perjuicios; (d) suspender la entrega del Equipo o de cualquier otro equipo; (e) sin rescindir este Contrato, TFR podrá tomar posesión del Equipo y venderlo, realquilarlo o disponer de él como parte garantizada en virtud del Código Civil Uniforme (UCC) y deducir todos los gastos, costas, honorarios razonables de abogados y demás cargos en los que haya incurrido; (f) recuperar la deficiencia del Cliente; y/o (g) cumplir por sí mismo o exigir el cumplimiento de la obligación del Cliente, a expensas del Cliente. En ningún caso, TFR estará obligado a vender o realquilar el Equipo, ni a reembolsar o devolver ninguna ganancia o beneficio derivado del arrendamiento del mismo. Los recursos de TFR en virtud del presente no serán exclusivos, sino acumulativos y se sumarán a todos los demás recursos existentes por ley o equidad.
  15. DEVOLUCIÓN: Tras el vencimiento o la terminación anticipada de este Contrato, el Cliente deberá devolver inmediatamente el Equipo a TFR libre de hipotecas, gravámenes, garantías reales, cargas, gravámenes y reclamaciones, y en el mismo estado de funcionamiento, reparación, condición y apariencia en que lo recibió, excepto el desgaste normal. El Cliente realizará dicha devolución por su cuenta y riesgo, con flete y seguro pagados por adelantado, al destino especificado por TFR. En caso de que el Cliente permanezca en posesión del Equipo después del vencimiento o la terminación anticipada del presente Contrato, el Cliente será un Arrendatario a Voluntad, y todos los términos y condiciones del Contrato continuarán en pleno vigor y efecto. Si el Equipo se devuelve sucio o dañado, el Cliente será responsable de los cargos adicionales de limpieza y reparación por un monto determinado por TFR.
  16. GARANTÍAS DEL CLIENTE: Además de las demás garantías aquí contenidas, el Cliente garantiza a TFR que (i) si el Cliente es una corporación, sociedad de responsabilidad limitada o sociedad en comandita, el Cliente está debidamente constituido y existe válidamente, con plenos derechos y legitimidad conforme a las leyes del estado en el que se constituyó, y ha autorizado debidamente la ejecución, entrega y cumplimiento de este Acuerdo; y (ii) el Acuerdo ha sido debidamente y válidamente ejecutado y entregado por el Cliente, y constituye un contrato válido y plenamente ejecutable contra el Cliente según sus términos.
  17. NOTIFICACIONES: Todas las notificaciones aquí contenidas deberán constar por escrito y se considerarán entregadas si se entregan personalmente o se envían por correo certificado con acuse de recibo a las direcciones respectivas de las partes indicadas anteriormente o a cualquier otra dirección designada mediante notificación por escrito.
  18. USURA: Este Contrato constituye un arrendamiento, no un acuerdo de financiación. Sin embargo, si este Contrato se considera un acuerdo de financiación que implica el préstamo de dinero, se aplicará este párrafo. Siendo la intención de las partes cumplir estrictamente con la legislación aplicable en materia de usura, todos los acuerdos entre el Cliente y TFR, ya sean existentes o futuros, escritos u orales, quedan expresamente limitados de modo que, en ningún caso, ya sea por la aceleración del vencimiento de las obligaciones aquí garantizadas o por cualquier otro motivo, el importe pagado o acordado a TFR por el uso, la indulgencia o la retención del dinero en virtud del presente, o por cualquier otro motivo, exceda el importe máximo permitido por la legislación aplicable. Si el cumplimiento de cualquier disposición o documento que acredite o garantice las obligaciones aquí garantizadas implica exceder los límites prescritos por la ley, la obligación a cumplir se reducirá al límite legal. Si TFR recibiera alguna vez algún valor considerado interés según la legislación aplicable que excediera los intereses a la tasa legal más alta, se aplicará un monto equivalente a cualquier interés excesivo a la reducción del capital adeudado en virtud del presente y no al pago de intereses. Si dicho interés excesivo excede el saldo pendiente del capital del presente, dicho excedente se reembolsará al Cliente. Todas las sumas pagadas o acordadas a pagar a TFR por el uso, la indulgencia o la retención de la deuda del Cliente con TFR en virtud del presente se amortizarán, prorratearán, asignarán y distribuirán, en la medida permitida por la legislación aplicable, a lo largo de la vigencia total de dicha deuda, de modo que la tasa de interés sobre dicha deuda sea uniforme durante toda su vigencia.
  19. TASA MÁXIMA: La “Tasa Máxima” será la menor de las siguientes: 1) 1.5% mensual (18% anual); o 2) la tasa de interés no usurera más alta permitida por la legislación de Texas. VARIOS: Este Acuerdo solo podrá modificarse mediante un acuerdo escrito firmado por TFR, pero no incluirá la orden de compra del Cliente. Cualquier término en la aceptación, orden de compra u otra documentación del Cliente que sea incompatible con este Acuerdo o que lo añada (excepto los términos adicionales exigidos por ley) será nulo y sin efecto (cualquier uso o referencia a la orden de compra o al número de compra del Cliente en cualquier Contrato de Alquiler se realiza únicamente para su conveniencia). Si alguna disposición de este Acuerdo se declara inválida o inaplicable en el futuro, el resto del Acuerdo no se verá afectado y las disposiciones se declaran divisibles. Si hay más de un Cliente, las obligaciones de los Clientes en virtud del presente Acuerdo son solidarias. Sujeto a los términos del presente Acuerdo, este Acuerdo será vinculante y redundará en beneficio de TFR, el Cliente y sus respectivos representantes personales, sucesores y cesionarios. Este Acuerdo se regirá por las leyes de Texas; cada parte consiente irrevocablemente en someterse a la jurisdicción exclusiva de los tribunales del estado de Texas en el Condado de Bexar, Texas.
  20. Tarifas: (1) TFR aplica un recargo fijo por combustible en todas las facturas. Este recargo tiene como objetivo sufragar los crecientes costos de entrega y operación del vehículo, incluyendo, entre otros: costos de estacionamiento, costos de funcionamiento, depreciación, etc. TFR puede modificar el monto del recargo por combustible ocasionalmente, a su entera discreción y sin previo aviso. (2) Cuando la ley lo permita, TFR podrá aplicar un recargo del 2.0% a los pagos con tarjeta de crédito realizados en cuentas de crédito. El recargo aplicado por TFR no supera nuestro costo de aceptación.
  21. Los datos telemáticos se recopilan y transmiten a Caterpillar Inc. para su uso según la declaración de Gobernanza de Datos de Caterpillar y el proceso de Caterpillar para servicios remotos. Para obtener más información, visite https://www.caterpillar.com/en/legal-notices/data-governance-statement.html.
  22. El Cliente reconoce que Caterpillar Inc., sus subsidiarias y entidades afiliadas (en conjunto, “Caterpillar”) y TFR recopilan, utilizan, conservan, divulgan y procesan información personal, entre otros fines, para proporcionar información sobre garantías, marketing para clientes y material promocional sobre productos o servicios de Caterpillar o sus distribuidores. La Declaración Global de Privacidad de Datos (GDPS) de Caterpillar está disponible en https://www.caterpillar.com/dataprivacy. La declaración de privacidad de TFR está disponible en: https://www.texasfirstrentals.com/privacy-policy. TFR y Caterpillar podrán compartir o divulgar dicha información personal. TFR también podrá compartir información personal, de productos y de otro tipo con terceros para fines comerciales. El Cliente acepta que nada de lo aquí contenido afecta a ninguna autorización o consentimiento previamente otorgado a Caterpillar o TFR.
  23. Por la presente, todas las partes renuncian al derecho a un juicio con jurado.
  24. ARBITRAJE: Las partes acuerdan someterse a arbitraje vinculante para cualquier disputa que surja de o esté relacionada con esta transacción. Cualquiera de las partes podrá iniciar un arbitraje, el cual se llevará a cabo de acuerdo con las reglas de arbitraje comercial de la Asociación Americana de Arbitraje (ADA), en San Antonio, Condado de Bexar, Texas. El cliente acepta que no se considerará incumplimiento de este acuerdo si alguna de las partes presenta una demanda ante los Tribunales de Distrito del Condado de Bexar, ya que la obligación de arbitraje no se activa hasta que cualquiera de las partes lo inicie explícitamente. Los gastos del árbitro o árbitros serán sufragados (o reembolsados, según corresponda) por la parte perdedora, y la parte vencedora tendrá derecho a recuperar sus honorarios y costas legales contra la parte perdedora.